CRÓNICAS DE UN PUEBLO SAN JUAN DE LA RAMBLA JOSÉ Mª PÉREZ MONTES
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firmas solicitando el cambio de sede oficial del Ayuntamiento, y que sobre este asunto no
quiere añadir más sólo para provocar aplausos u otras manifestaciones del público, y que en
todo caso, se remite a lo dicho en la Comisión Informativa siendo su propuesta la reflejada en
el propio dictamen.
Interviene nuevamente
DOÑA MARÍA DEL PILAR RODRÍGUEZ DÍAZ
(PSOE),
para responder que si no habló de las firmas fue: primero, porque se desconocen las
actividades de la Asociación de Vecinos ―LA Unión‖, hasta ahora; segundo, porque se han
recogido firmas con amenazas en algún caso, y tercero, porque esa asociación no pide, sin
embargo, medidas de limpieza, alumbrado, etc. En la parte alta. Continúa la Sra. Rodríguez
Díaz para referirse a la postura del Alcalde cuando el Sr. Domínguez presentó la propuesta del
cambio de capitalidad, señalando que no es la misma que la de ahora, y que no parece que se
mantenga lo dicho entonces; y finaliza su intervención la portavoz socialista, diciendo que la
postura de su grupo es pretender ampliar la oferta: no es que no se quiera que no haya servicio
arriba; al contrario, que haya más incluso; le gustaría, por ejemplo, que hubiera una oficina en
Las Rosas.
Y EL PLENO
, sin que se promoviera más debate, y de conformidad con el dictamen
emitido por la COMISIÓN INFORMATIVA PERMANENTE DE HACIENDA,
PATRIMONIO, PERSONAL Y RÉGIMEN INTERIOR, en su reunión de fecha 13.02.2001,
por
SIETE VOTOS A FAVOR (7 DE A.I.S.) Y CUATRO EN CONTRA (3 del PSOE y 1
del GRUPO MIXTO),
que totalizan el número de hecho y de derecho de los miembros
corporativos, adoptó el siguiente
ACUERDO:
PRIMERO.-
Trasladar la sede del Ayuntamiento de la Villa de San Juan de la Rambla,
desde su actual ubicación al edificio de oficinas situado en la calle XIX de marzo, nº 41,
manteniendo la capitalidad del municipio en San Juan de la Rambla ―Casco‖, y omitir en este
caso el trámite de información pública por entender que:
-se trata de una medida de administración y organizativa con efectos más que nada internos,
que no afecta ni pretende afectar la manera ni la calidad de los servicios que reciben todos los
vecinos del municipio en la actualidad.
-en este caso la información pública no puede cumplir la función de mejorar o enriquecer el
acuerdo que adopte al final del Pleno, sino que servirá sólo para oír pronunciamientos a favor
o en contra del traslado (como si fuese una consulta popular y no un trámite de información
pública) y para enfrentar a los vecinos del municipio inútilmente.
SEGUNDO.-
Facultar a la Alcaldía, para que disponga todo lo necesario en orden al
citado traslado de sede, señalando y haciendo pública la fecha de su efectividad, y
disponiendo también los medios personales y materiales necesarios para mantener, al menos,
los servicios que los vecinos de la parte baja vienen recibiendo a través de las oficinas
actualmente existentes dentro del Ayuntamiento.
No habiendo más asuntos que tratar, el Alcalde Presidente dio por finalizado el acto,
levantándose la sesión a las nueve horas y cincuenta minutos en el lugar y fecha indicados al
principio, anunciándose por el primero que a continuación podía tener lugar la participación
del público asistente; de todo lo cual, como Secretario doy fe.