CRÓNICAS DE UN PUEBLO SAN JUAN DE LA RAMBLA JOSÉ Mª PÉREZ MONTES
148
firmado por el secretario general de la institución insular, José Antonio Duque Díaz, en el que
se cuestiona la legalidad de la decisión del grupo de gobierno local (AIS).
El documento señala que si bien en el acuerdo plenario de febrero de 2001 no se
aprueba de forma expresa y formal un cambio de capitalidad, "implícita y tácitamente se
lesiona el concepto y ámbito de la misma, que, precisamente, venía definido y caracterizado
por la ubicación física del Consistorio". Por lo tanto, "se aconsejaba, cuando menos,
garantizar un trámite de información pública que fue omitido".
La disociación física entre Consistorio y capitalidad no está ni permitida ni prohibida
expresamente en la legislación vigente, "aunque el Reglamento de Organización,
Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales (1952) - ya derogado -
disponía que la Casa Consistorial deberá radicar en la capitalidad del municipio.
Antecedentes legales
Este precepto fue invocado por una sentencia del Tribunal Supremo de 1985 donde se
señala que salvo cumplida prueba de lo contrario, el cambio de la sede del Ayuntamiento
supone también el traslado de la capitalidad".
También señala que la competencia para el cambio de capitalidad corresponde en
Canarias a los cabildos insulares, que deben aprobar este tipo de expedientes, y recalca que
"la adopción del acuerdo expreso por el Pleno de omitir en este caso el trámite de información
pública puede parecer, en principio, escaso garantizador de los intereses de la población".
El autor del informe concluye que no comparte la tesis municipal de que el traslado
del Consistorio sea una mera medida de administración y organización con efectos internos, y
la entiende como un cambio de capitalidad, para lo que se haría necesario el voto favorable de
dos tercios de los miembros de la Corporación, algo que no se cumplió en este caso.
Alonso considera que el acuerdo plenario del traslado es nulo "porque sólo se aprobó
con los votos de los siete ediles de AIS", "cuando para llegar a los dos tercios requeridos hace
falta un voto más".
En su opinión, si el alcalde de San Juan de la Rambla, el nacionalista Manuel Reyes,
"tuviera la cabeza sobre los hombros, revocaría el acuerdo, puesto que la ilegalidad es
manifiesta".
Alonso desconfía de CC
El consejero del PP no confía en que el Cabildo actúe en este asunto, "porque la AIS le
da los votos en las elecciones insulares, autonómicas y nacionales"; aunque sí tiene claro que
la justicia anulará el traslado "y el gobierno local tendrá que sacar un edil más si quiere hacer
ese cambio legalmente".
El grupo de gobierno del Cabildo de Tenerife (CC) estudia en la actualidad este
informe y declinó ayer pronunciarse sobre su contenido.